Línea de Financiación Bonificada IVF Pyme Inversión 2025
Préstamos de hasta 2 millones euros para pequeñas y medianas empresas que lleven a cabo proyectos de inversión en activos fijos.
- Beneficiarios
- Condiciones
- Requisitos
- Gastos financiables
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Proyectos empresariales desarrollados por Pymes cuya finalidad sea la inversión en activos fijos.
- Importe mínimo de 200.000 euros y máximo de 2.000.000 euros (el importe máximo se determinará atendiendo al volumen de facturación del solicitante).
- Plazos: de 4 a 10 años (posibilidad de carencia de hasta 3 años).
- Tipo de interés fijo del 2% (sobre el tipo de interés que correspondería aplicar en función de la calificación crediticia del solicitante se aplicará una bonificación de manera que el tipo a pagar será de un fijo del 2%).
- Comisiones: No se aplicarán comisiones por apertura ni por cancelación anticipada.
Los beneficiarios deben cumplir los siguientes requisitos, entre otros*:
- Ser pequeña o mediana empresa.
- Tener al menos un establecimiento, sucursal de producción, o sucursal de desarrollo de la actividad en la Comunitat Valenciana.
- Tener una antigüedad mínima de dos años y contar como mínimo con un empleado o un trabajador autónomo societario.
- Estar en disposición de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable y, en particular, en materia de competencia, contratación del sector público y medio ambiente.
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente, después de una decisión de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No estar afectado por:
- Incidencias con entidades financieras en CIRBE y/o registros de impagados.
- Fondos propios negativos a fecha del último cierre contable.
- Pérdidas continuadas en los últimos dos ejercicios.
Serán gastos financiables:
- Adquisición y construcción de naves, locales comerciales, instalaciones y otros inmuebles, para el desarrollo de la actividad de la empresa, incluyendo la adquisición y acondicionamiento de terrenos, siempre que, la compra y/o acondicionamiento de terrenos, no supere el 20% del valor nominal del préstamo.
- Construcción de instalaciones de energía renovable, tanto si su destino es el autoconsumo como el vertido a red, siempre que los proyectos no superen una potencia de 30 MWp.
- Adquisición de equipamiento vinculado a las tecnologías de la información y la comunicación.
- Maquinaria, herramientas, moldes o utillaje.
- Mobiliario.
- Vehículos industriales y elementos de transporte afectos a la explotación.
- Activos intangibles, como los gastos de investigación y desarrollo, la propiedad industrial, los derechos de traspaso o las aplicaciones informáticas.
- Adquisición de participaciones empresariales al objeto de ampliar la capacidad productiva de la empresa, mejorar las condiciones de acceso a la financiación, o asegurar el suministro de insumos clave para el proceso productivo de la empresa.
* Consultar las bases completas en la convocatoria

